Conozca cómo autorizar a un familiar o persona de confianza para retirar el giro si no puede acudir personalmente.
Una ayuda que no se pierde: cómo un tercero puede retirar la Renta Ciudadana en 2025
La Renta Ciudadana continúa siendo uno de los programas sociales más importantes del Gobierno colombiano para apoyar a familias en situación de pobreza extrema o moderada. En 2025, miles de hogares recibirán nuevamente este apoyo económico, y muchos se preguntan: ¿qué pasa si el beneficiario no puede acercarse personalmente a reclamar el giro?
La buena noticia es que el sistema contempla la posibilidad de que un tercero de confianza pueda realizar el retiro por usted, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos claros y controlados que garantizan la seguridad y la legalidad del proceso.
¿Quién puede cobrar el giro por un tercero?
Si el titular del beneficio no puede acercarse a retirar el dinero —ya sea por enfermedad, discapacidad, edad avanzada u otra situación de fuerza mayor—, puede autorizar a otra persona para que lo haga en su nombre.
Este proceso está regulado y supervisado por las entidades locales y el Banco Agrario de Colombia, entidad encargada de entregar los recursos a través de sus puntos aliados.
Requisitos y pasos para autorizar a un tercero
Para que el retiro del giro sea exitoso por parte de un tercero, es imprescindible tener en cuenta los siguientes pasos:
- Poder especial o notarial:
El beneficiario debe emitir un poder especial o notarial. El poder especial solo lo expiden autoridades locales como el alcalde, un inspector de policía, un enlace municipal o una autoridad indígena. Por su parte, el poder notarial es emitido únicamente por un juez o notario. - Presentación de documentos:
El tercero autorizado debe presentarse en el canal de pago con:- El poder original.
- Su propio documento de identidad original.
- Fotocopia de la cédula del beneficiario.
- Registro en el sistema:
Es fundamental que el tercero esté registrado en el sistema como autorizado. Si no aparece como tal, el banco no podrá realizar el pago. - Límites por persona:
Un tercero solo puede ser autorizado por máximo cinco beneficiarios. No se permiten más autorizaciones para una misma persona, salvo casos excepcionales previamente aprobados. - Prioridad del primer poder:
Si el sistema detecta dos poderes (uno especial y uno notarial), el primero que se presente al banco será el válido, dejando sin efecto el otro.
¿Quiénes suelen usar esta opción?
Esta alternativa es especialmente útil para personas en situación de vulnerabilidad, como:
- Adultos mayores.
- Personas con discapacidad física o cognitiva.
- Madres cabeza de hogar que no pueden movilizarse con sus hijos pequeños.
- Habitantes de zonas rurales o alejadas con dificultades de acceso.
En todos estos casos, contar con un familiar o persona de confianza que pueda recibir el dinero es un alivio que permite que ningún hogar pierda su derecho al apoyo económico.
¿Cuánto es el monto de la Renta Ciudadana en 2025?
A través de la línea “Valoración del cuidado”, el programa entrega hasta $500.000 pesos por ciclo de pago, priorizando a hogares con madres cabeza de hogar con niños menores de 6 años o con personas con discapacidad a su cargo.
Para acceder, es necesario que la familia esté clasificada en el grupo A o B del Sisbén IV, que identifica hogares en situación de pobreza extrema o moderada.
Accesibilidad y respaldo
La posibilidad de autorizar a un tercero refleja el compromiso del Gobierno con la inclusión y el acceso justo a los beneficios sociales, garantizando que ningún ciudadano en situación de vulnerabilidad se quede sin su apoyo económico por razones ajenas a su voluntad.
Si usted es beneficiario de Renta Ciudadana y no puede reclamar su giro personalmente, recuerde que sí es posible contar con alguien de confianza, cumpliendo los pasos y requisitos mencionados. Así, su derecho a recibir esta ayuda queda garantizado.