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Noticias de Colombia

Requisito clave para tus próximos viajes por carretera

📅 12 de mayo de 2025 ✍️ Por: ⏱️ 4 min de lectura 👁️ 264 visitas
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Viajar por tierra en Colombia siempre ha sido una experiencia que combina aventura, conexión con la naturaleza y la posibilidad de recorrer paisajes impresionantes que varían entre cordilleras, llanuras y selvas. Ya sea en familia, con amigos o por motivos laborales, el transporte terrestre sigue siendo una de las formas más comunes y queridas por los colombianos para desplazarse de un lugar a otro.

Sin embargo, recientes decisiones del Ministerio de Transporte han generado un nuevo enfoque hacia la movilidad, debido al brote de fiebre amarilla que se ha extendido por diversas zonas del país. Esta situación sanitaria ha impulsado la adopción de medidas preventivas obligatorias que buscan proteger la salud de quienes se movilizan por carretera y otros medios de transporte terrestre y fluvial.

Una medida de prevención que ahora será obligatoria

Desde ahora, todo pasajero que desee viajar por tierra deberá presentar un carné o certificado de vacunación contra la fiebre amarilla. Esta medida no distingue entre quienes compran tiquetes en terminales físicas o a través de plataformas digitales. El requisito será válido para ambos casos.

En caso de no contar con este documento, el viajero podrá optar por firmar una declaración juramentada que certifique que ha sido vacunado. Esta opción busca brindar cierta flexibilidad, sin dejar de lado la importancia de contar con una constancia sanitaria.

Pero hay una tercera alternativa: si el pasajero no ha sido vacunado y desea continuar con su viaje, deberá firmar un documento de responsabilidad en el que manifieste que asume los riesgos de un posible contagio. Este documento también cubre la responsabilidad frente a su familia, acompañantes o cualquier otra persona con la que pudiera interactuar durante su desplazamiento.

Conductores también deben cumplir con el requisito

El requisito no es exclusivo para los pasajeros. Los conductores vinculados a empresas de transporte también deberán estar debidamente vacunados contra la fiebre amarilla. La medida busca reducir al mínimo cualquier riesgo de propagación del virus entre los responsables de movilizar pasajeros en todo el territorio.

Adicionalmente, las empresas de transporte están obligadas a verificar el cumplimiento de esta norma. Se espera que los conductores detengan sus vehículos en puntos de control sanitario, donde se realizarán las labores de vigilancia correspondientes por parte de las autoridades.

Una medida que busca prevenir, no restringir

El objetivo principal de esta disposición no es limitar la movilidad de los ciudadanos, sino garantizar que todos los desplazamientos se realicen en condiciones seguras y responsables. La fiebre amarilla, aunque prevenible mediante vacunación, puede tener consecuencias graves si no se controla su expansión en poblaciones vulnerables.

Vale destacar que esta medida tendrá vigencia mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria. Por tanto, no se trata de una regulación permanente, sino de una acción preventiva temporal, pero de obligatorio cumplimiento.

¿Cómo cumplir con el nuevo requisito?

Si tienes pensado viajar próximamente por carretera, es importante que tomes en cuenta estas recomendaciones:

  • Verifica si cuentas con el carné de vacunación contra fiebre amarilla. Si no, considera acudir a un centro de salud autorizado para vacunarte.
  • Guarda una copia digital de tu certificado, especialmente si compras tiquetes en línea.
  • Llega con tiempo suficiente a las terminales, ya que puede haber controles sanitarios que retrasen la salida de los vehículos.
  • Si eres conductor o trabajas en una empresa de transporte, asegúrate de que todos los documentos estén en regla y de cumplir con las paradas en los puntos de control.

Esta es una invitación a viajar de manera consciente, priorizando tanto tu bienestar como el de los demás. Con medidas como esta, Colombia busca mantener abiertas sus rutas sin comprometer la salud pública.

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