El recargo por trabajar domingos y festivos subirá al 90 % desde el 1 de julio. Además, a mediados de mes comenzará a regir la jornada laboral de 42 horas semanales.
A partir del 1 de julio de 2026, millones de trabajadores en Colombia comenzarán a recibir una mejor compensación económica si laboran durante domingos o días festivos. La medida hace parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) y eleva el recargo por estas jornadas del 80 % al 90 %, un paso más hacia el objetivo de llegar al 100 % en 2027.
Pero este no será el único cambio del mes. Desde el 15 de julio de 2026 también entrará en vigor la última fase de la reducción de la jornada laboral en Colombia, que pasará de 44 a 42 horas semanales, sin afectar el salario de los trabajadores. Este ajuste incrementará el valor de la hora ordinaria y, por consiguiente, el pago de horas extras y otros recargos.
Aumenta el recargo por trabajar domingos y festivos
Con la entrada en vigor del nuevo tramo de la reforma laboral, quienes trabajen en domingos o festivos recibirán un recargo del 90 % sobre el valor de la hora ordinaria.
La implementación ha sido gradual:
| Fecha | Recargo dominical y festivo |
|---|---|
| Hasta el 30 de junio de 2025 | 75 % |
| Del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026 | 80 % |
| Desde el 1 de julio de 2026 | 90 % |
| Desde el 1 de julio de 2027 | 100 % |
Este incremento busca mejorar la remuneración de quienes trabajan en días de descanso obligatorio y forma parte del cronograma establecido por la Ley 2466 de 2025.
Dato clave
El trabajador recibe su salario normal por el día laborado más el recargo adicional establecido por la ley. El porcentaje aplica sobre el valor de la hora ordinaria.
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¿Quiénes recibirán este beneficio?
El aumento aplica para los trabajadores vinculados mediante contrato laboral que presten sus servicios durante:
- Domingos.
- Días festivos.
- Días de descanso obligatorio establecidos por la ley.
Las empresas deberán actualizar sus sistemas de nómina para reconocer el nuevo porcentaje desde el 1 de julio de 2026.
¿Qué pasa si trabaja varios domingos en un mismo mes?
La legislación distingue entre trabajo habitual y ocasional.
Trabajo habitual
Si un empleado trabaja tres o más domingos o festivos durante el mismo mes, además del recargo correspondiente tendrá derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que deberá otorgarse en la semana siguiente.
Trabajo ocasional
Si únicamente trabaja uno o dos domingos o festivos en el mes, podrá elegir entre:
- recibir el pago con el recargo correspondiente, o
- disfrutar de un día de descanso compensatorio remunerado.
Desde el 15 de julio la jornada laboral será de 42 horas
Otra de las novedades más importantes llegará dos semanas después.
Desde el 15 de julio de 2026 culminará la implementación de la Ley 2101 de 2021, reduciendo la jornada máxima semanal de 44 a 42 horas, sin disminuir el salario ni las prestaciones sociales.
La reducción aplica a la mayoría de trabajadores con contrato laboral regulado por el Código Sustantivo del Trabajo.
¿Cómo cambia el valor de la hora trabajada?
La respuesta es sencilla: al trabajar menos horas por semana con el mismo salario, el valor de cada hora aumenta.
Hasta el 14 de julio de 2026, el cálculo se realiza sobre 220 horas mensuales.
Desde el 15 de julio, la referencia será de 210 horas mensuales.
Por ejemplo, para un trabajador que devenga el salario mínimo:
| Periodo | Valor aproximado de la hora ordinaria |
|---|---|
| Hasta el 14 de julio | $7.959 |
| Desde el 15 de julio | $8.338 |
Este incremento también impactará el cálculo de:
- horas extras;
- recargos nocturnos;
- recargos dominicales y festivos.
¿Qué ocurre con el Día de la Familia?
Con la entrada en vigor de la jornada de 42 horas semanales, el denominado Día de la Familia dejará de ser una obligación legal para la mayoría de empleadores.
Esto se debe a que la reducción de la jornada busca otorgar más tiempo libre a los trabajadores durante la semana.
Sin embargo, el beneficio deberá mantenerse cuando esté pactado expresamente en:
- convenciones colectivas;
- pactos colectivos;
- contratos de trabajo.
Las empresas también podrán conservarlo voluntariamente como parte de sus programas de bienestar laboral.
¿Qué hacer si la empresa no aplica los nuevos recargos?
Si el empleador no reconoce los cambios establecidos por la ley, el trabajador puede:
- Presentar un reclamo interno ante la empresa.
- Acudir al Ministerio del Trabajo.
- Interponer una denuncia ante la Inspección del Trabajo.
- Iniciar las acciones legales correspondientes para reclamar las diferencias salariales.
Cambios laborales que comienzan en julio de 2026
| Cambio | Fecha |
|---|---|
| Recargo dominical y festivo pasa al 90 % | 1 de julio de 2026 |
| Jornada laboral baja a 42 horas semanales | 15 de julio de 2026 |
| Nuevo cálculo del valor de la hora | 15 de julio de 2026 |
| Fin de la obligación general del Día de la Familia | Desde la implementación de la jornada de 42 horas |
Recomendaciones para trabajadores y empresas
Para trabajadores
- Revise que el desprendible de nómina refleje el nuevo recargo.
- Verifique el cálculo de horas extras después del 15 de julio.
- Guarde evidencia de las jornadas dominicales o festivas trabajadas.
Para empleadores
- Actualice el software de nómina.
- Ajuste los turnos conforme a la nueva jornada laboral.
- Informe oportunamente a los trabajadores sobre los cambios.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo aumenta el recargo por trabajar domingos y festivos?
El incremento al 90 % comienza a aplicarse desde el 1 de julio de 2026, según el cronograma de la Ley 2466 de 2025.
¿Cuándo llegará el recargo al 100 %?
La reforma laboral establece que el recargo dominical y festivo alcanzará el 100 % a partir del 1 de julio de 2027.
¿La reducción de la jornada laboral disminuye el salario?
No. La reducción de 44 a 42 horas semanales no afecta el salario ni las prestaciones sociales del trabajador.
¿Qué pasa con las horas extras desde el 15 de julio?
Al aumentar el valor de la hora ordinaria, también aumenta el valor de las horas extras y de los recargos calculados sobre ella.
¿Quiénes pueden reclamar si no reciben el nuevo recargo?
Cualquier trabajador con contrato laboral que labore domingos o festivos y no reciba el porcentaje establecido por la ley puede acudir primero a su empleador y, si es necesario, al Ministerio del Trabajo.
Julio de 2026 marcará uno de los cambios laborales más importantes de los últimos años en Colombia. El aumento del recargo por trabajo en domingos y festivos al 90 % y la reducción definitiva de la jornada laboral a 42 horas semanales buscan mejorar la remuneración y el equilibrio entre la vida personal y el trabajo. Tanto empleados como empresas deberán prepararse para estos ajustes y verificar que las nuevas disposiciones se apliquen correctamente desde las fechas previstas.