El Gobierno de Abelardo de la Espriella comenzó oficialmente el 7 de agosto de 2026, pero los trabajadores colombianos no empiezan este mes con una nueva reforma laboral. Varias de las reglas que determinan cuánto se debe pagar por horas extra, trabajo nocturno, domingos y festivos, así como la duración de la jornada, ya fueron aprobadas durante el Gobierno anterior y continúan vigentes.
La principal novedad que llega a agosto es que Colombia completa una etapa clave de la reducción de la jornada laboral: desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima ordinaria pasó de 44 a 42 horas semanales, sin reducción del salario. Al mismo tiempo, desde el 1 de julio el recargo por trabajar en el día de descanso obligatorio aumentó al 90% y el horario nocturno continúa comenzando a las 7:00 p. m.
Por ahora, tampoco existe una decisión oficial del nuevo Gobierno que permita afirmar que desde agosto comenzará un sistema general de trabajo o cotización por horas. Esa posibilidad fue discutida durante el empalme, pero la propia oficina de De la Espriella desmintió que se hubiera tomado una decisión al respecto.
Estas son las reglas que realmente aplican desde agosto y lo que podría cambiar durante el nuevo Gobierno.
¿Cuánto es el salario mínimo en Colombia durante el Gobierno De la Espriella?
El salario mínimo de 2026 no cambia automáticamente porque haya comenzado un nuevo Gobierno. El valor vigente para este año fue fijado previamente en $1.750.905 mensuales. A este monto se suma un auxilio de transporte de $249.095 para los trabajadores que cumplen las condiciones legales, con lo que el ingreso mensual puede llegar a $2.000.000.
Esto significa que, durante agosto y el resto de 2026, un trabajador que devengue el salario mínimo no pasa automáticamente a recibir un nuevo valor por la llegada del presidente De la Espriella.
El salario mínimo de cada año se define mediante el procedimiento establecido en la legislación colombiana y, para 2027, corresponderá adelantar nuevamente la discusión y fijación del salario mínimo para la siguiente vigencia.
| Concepto | Valor 2026 |
|---|
| Salario mínimo | $1.750.905 |
| Auxilio de transporte | $249.095 |
| Total con auxilio | $2.000.000 |
| Jornada máxima semanal | 42 horas |
| Recargo por día de descanso obligatorio | 90% |
| Inicio de jornada nocturna | 7:00 p. m. |
Importante: el auxilio de transporte no hace parte del salario básico y tiene sus propias reglas de reconocimiento. Para 2026 corresponde a trabajadores particulares y servidores públicos que devenguen hasta dos salarios mínimos, bajo las condiciones previstas en el decreto correspondiente.
Jornada laboral: desde julio se trabajan 42 horas semanales
Este es uno de los cambios que más directamente afecta a trabajadores y empresas en agosto.
La Ley 2101 de 2021 estableció una reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia, pasando de 48 a 42 horas semanales sin disminuir el salario. La última reducción se produjo el 15 de julio de 2026, cuando la jornada pasó de 44 a 42 horas semanales.
Por lo tanto, en agosto la regla ya está vigente.
La Ley 2466 de 2025 también incorporó esta jornada máxima de 42 horas dentro de la regulación laboral. La distribución puede hacerse de común acuerdo entre empleador y trabajador, en cinco o seis días, garantizando el día de descanso obligatorio y sin afectar el salario.
¿Trabajar menos horas significa ganar menos salario?
No. La reducción de la jornada no autoriza al empleador a disminuir el salario por ese motivo.
La Ley 2101 establece expresamente que la disminución de la jornada no implica reducción de la remuneración salarial ni prestacional.
Esto tiene además una consecuencia práctica: al reducirse el número de horas ordinarias, el valor de la hora de trabajo debe calcularse sobre la nueva jornada, lo que puede incidir en el valor de las horas extra y de algunos recargos.
¿Cuánto se paga por trabajar un domingo o festivo en 2026?
Aquí existe otro cambio importante que ya está vigente desde el 1 de julio de 2026.
La Ley 2466 de 2025 estableció un incremento gradual del recargo por trabajar en días de descanso obligatorio. El proceso comenzó en 2025 con un recargo del 80%, pasó al 90% desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100% desde el 1 de julio de 2027.
Por eso, durante agosto de 2026 el recargo legal aplicable es del 90% sobre el salario ordinario, proporcional a las horas trabajadas.
| Periodo | Recargo por día de descanso obligatorio |
| Antes del 1 de julio de 2025 | 75% |
| Desde el 1 de julio de 2025 | 80% |
| Desde el 1 de julio de 2026 | 90% |
| Desde el 1 de julio de 2027 | 100% |
La norma también permite que un empleador haya adoptado anticipadamente el recargo del 100%.
Además, la ley ya no limita la expresión únicamente al domingo: para efectos legales se habla de día de descanso obligatorio, que puede ser distinto del domingo si así se acuerda expresamente.
¿Y cuánto se paga por las horas extra?
La llegada del nuevo Gobierno no elimina ni reduce automáticamente el pago de las horas extra.
La Ley 2466 de 2025 mantiene reglas sobre el trabajo suplementario y establece que el empleador debe llevar un registro de las horas extras realizadas, indicando si fueron diurnas o nocturnas. El trabajador puede solicitar la relación de esas horas y el soporte correspondiente al pago.
También existe un límite general: las horas extra no pueden superar dos horas diarias ni 12 horas semanales, con las excepciones previstas para determinados sectores, entre ellos vigilancia y salud bajo sus normas especiales.
Por eso, si una empresa exige horas adicionales, estas no desaparecen del registro simplemente porque haya cambiado el Gobierno.
El trabajo nocturno comienza a las 7:00 p. m.
Otro cambio que ya está vigente y que continuará durante el Gobierno De la Espriella es la ampliación del período nocturno.
La Ley 2466 estableció que:
- El trabajo diurno comprende de 6:00 a. m. a 7:00 p. m.
- El trabajo nocturno comprende de 7:00 p. m. a 6:00 a. m.
La modificación entró en vigencia seis meses después de la sanción de la reforma laboral, por lo que actualmente el horario nocturno comienza a las 7:00 p. m.
Esto es relevante para quienes trabajan en restaurantes, comercios, vigilancia, industrias, bares, servicios y otras actividades con turnos extendidos.
¿El Gobierno De la Espriella puede cambiar la reforma laboral por decreto?
No puede modificar libremente por decreto todos los derechos establecidos en una ley.
Este es uno de los puntos que más confusión ha generado en las últimas semanas.
Durante julio circularon versiones según las cuales el Gobierno entrante prepararía una reglamentación para permitir esquemas de trabajo o cotización por horas. Sin embargo, la Oficina de Comunicaciones de De la Espriella desmintió que hubiera una decisión oficial al respecto.
La discusión es especialmente importante porque el trabajo por horas tiene implicaciones sobre contratación, salario, seguridad social y formalización.
En consecuencia, no es correcto afirmar que desde agosto todos los trabajadores podrán ser contratados o cotizar por horas.
Cualquier cambio que requiera modificar disposiciones legales deberá ajustarse al procedimiento legislativo correspondiente, mientras que la potestad reglamentaria del Ejecutivo tiene límites y no puede sustituir al Congreso en materias reservadas a la ley.
¿Qué puede pasar con el trabajo por horas?
El trabajo por horas es uno de los asuntos que podría continuar en discusión durante el nuevo Gobierno.
Durante el proceso de empalme hubo posiciones diferentes. Charles Chapman, quien participó inicialmente en asuntos laborales del equipo de transición, sostuvo que existían bases legales para desarrollar mecanismos de cotización proporcional. Sin embargo, posteriormente el equipo de De la Espriella aclaró que sus declaraciones no representaban una decisión oficial del Gobierno.
Por ahora, el panorama es:
No existe una regla general nueva que desde agosto obligue a las empresas a contratar por horas.
La discusión podría continuar, especialmente alrededor de cómo formalizar a trabajadores que actualmente laboran de manera parcial o informal.
La informalidad sigue siendo uno de los mayores desafíos
El debate laboral del nuevo Gobierno no se limita a los trabajadores que ya tienen contrato formal.
Según el DANE, en el trimestre móvil marzo-mayo de 2026 la proporción de personas ocupadas informalmente fue del 54,7% a nivel nacional. En las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue del 40,7%, mientras que en centros poblados y rural disperso alcanzó el 82,9%.
Esto significa que más de la mitad de los ocupados, bajo la medición nacional utilizada por el DANE, permanecían en condiciones de informalidad.
Por ello, uno de los grandes retos del Gobierno De la Espriella será determinar cómo aumentar la contratación formal sin deteriorar las garantías de quienes ya tienen derechos laborales.
La discusión también incluye a independientes, trabajadores por cuenta propia, microempresas y personas que actualmente no tienen acceso completo a seguridad social.
¿Puede bajar el salario mínimo durante el nuevo Gobierno?
El salario mínimo de 2026 no desaparece ni se reduce automáticamente con el cambio presidencial.
El Gobierno entrante deberá respetar el marco legal vigente durante 2026. El debate sobre el salario mínimo correspondiente a 2027 tendrá lugar en el proceso de concertación previsto para esa nueva vigencia.
Por ahora, el trabajador que recibe el mínimo debe seguir tomando como referencia $1.750.905 de salario básico mensual durante 2026, más el auxilio de transporte cuando tenga derecho a este.
Los cambios que un trabajador debe tener presentes en agosto
Para evitar confusiones, estas son las principales reglas que ya están vigentes:
1. Jornada: máximo 42 horas semanales para la jornada ordinaria general, sin reducción salarial.
2. Dominicales y festivos: recargo del 90% desde el 1 de julio de 2026.
3. Trabajo nocturno: se considera nocturno desde las 7:00 p. m.
4. Horas extra: deben registrarse y pagarse conforme a las reglas laborales vigentes.
5. Salario mínimo: continúa en $1.750.905 durante 2026.
6. Auxilio de transporte: $249.095 para quienes cumplen las condiciones legales.
7. Trabajo por horas: no existe una nueva regla general que haya comenzado a regir automáticamente en agosto. El propio equipo de De la Espriella desmintió que hubiera una decisión oficial sobre esa reglamentación.
¿Qué queda pendiente para el Gobierno De la Espriella?
El nuevo Gobierno recibe un mercado laboral con varias discusiones abiertas.
Una de ellas será cómo combinar la reducción de la jornada, los mayores recargos y los costos laborales con la necesidad de generar nuevos empleos formales.
Otro reto es la informalidad. Los datos del DANE muestran que el fenómeno continúa afectando a una proporción considerable de trabajadores, especialmente en zonas rurales.
También estará sobre la mesa la implementación de las disposiciones de la reforma laboral, así como las reglas relacionadas con nuevas modalidades de trabajo, tecnología, inteligencia artificial y cambios en el mercado laboral.
El punto central será determinar qué decisiones puede adoptar el Ejecutivo mediante reglamentación y cuáles requieren necesariamente una nueva ley aprobada por el Congreso.
¿Cuál es el salario mínimo en Colombia en agosto de 2026?
El salario mínimo mensual legal vigente es de $1.750.905. Para quienes tienen derecho al auxilio de transporte, este corresponde a $249.095 adicionales, para un total de $2.000.000.
¿Cuántas horas se trabajan por semana en Colombia?
Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima ordinaria general es de 42 horas semanales, sin reducción del salario.
¿Cuánto es el recargo por trabajar un domingo en 2026?
Desde el 1 de julio de 2026 el recargo por trabajar en un día de descanso obligatorio es del 90% sobre el salario ordinario, proporcional a las horas trabajadas.
¿Desde qué hora comienza el trabajo nocturno?
Actualmente el período nocturno comienza a las 7:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m. del día siguiente.
¿El Gobierno De la Espriella eliminó la reforma laboral?
No. La Ley 2466 de 2025 continúa vigente. Además, en julio de 2026 el equipo del presidente entrante desmintió que hubiera tomado una decisión para reglamentar de manera general el trabajo o la cotización por horas.
¿Desde agosto se podrá trabajar por horas?
No existe actualmente una regla general que permita afirmar que desde agosto de 2026 todos los trabajadores podrán ser contratados bajo un nuevo esquema de trabajo por horas. El asunto fue discutido durante el empalme, pero no fue presentado como una decisión oficial por el Gobierno entrante.
¿Puede un empleador bajar el salario porque ahora se trabajan 42 horas?
No por el simple hecho de la reducción de la jornada. La Ley 2101 establece que la disminución de las horas de trabajo no implica reducción de la remuneración salarial ni prestacional.
Lo que realmente cambia para los trabajadores en agosto
El inicio del Gobierno De la Espriella no borra las reglas laborales que ya están vigentes. Para agosto de 2026, los trabajadores colombianos llegan con 42 horas máximas semanales, un recargo del 90% por trabajo en días de descanso obligatorio, jornada nocturna desde las 7:00 p. m. y el salario mínimo establecido para todo 2026.
El gran interrogante está hacia adelante: cómo actuará el nuevo Gobierno frente a la reforma laboral, la informalidad y propuestas como el trabajo o la cotización por horas.
Por ahora, cualquier publicación que asegure que desde agosto se elimina el pago de horas extra, se reduce automáticamente el salario mínimo o comienza obligatoriamente el trabajo por horas estaría adelantándose a decisiones que no han sido adoptadas oficialmente.
Para trabajadores y empleadores, la recomendación es revisar el desprendible de nómina, controlar las horas realmente laboradas y verificar que los recargos estén siendo liquidados conforme a las normas vigentes.
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