Desde el 1 de septiembre de 2026 comenzó a operar en Colombia un programa transitorio de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) que busca reducir el consumo de electricidad ante el riesgo de estrechez energética, baja hidrología y posibles dificultades para garantizar el suministro.
La medida tendrá una duración inicial de seis meses y establece un sistema de cobros adicionales para quienes superen determinados niveles de consumo, mientras que quienes ahorren energía podrán recibir un beneficio económico posteriormente.
¿Cómo se calculará el consumo?
La CREG estableció una meta individual de consumo para cada usuario, calculada a partir de su comportamiento histórico. Esa meta será utilizada como referencia durante el programa.
Existe una franja de tolerancia: si el consumo supera la meta, pero no alcanza el 110 %, no se genera cobro adicional.
El cobro comienza cuando el consumo supera el 110 % de la meta.
Por ejemplo, si la meta de un hogar es de 100 kWh y consume 115 kWh, los primeros 10 kWh adicionales quedan dentro de la banda neutral. El cobro adicional se aplicaría sobre los 5 kWh que superan el 110 %.
¿Quiénes pagarán más?
El valor del cobro depende del tipo de usuario:
| Usuario | Factor de cobro |
|---|
| Residencial estratos 1, 2 y 3 | 1,30 |
| Residencial estratos 4, 5 y 6 | 1,50 |
| Comercial e industrial | 1,70 |
Esto significa que los usuarios que más excedan su meta asumirán un mayor cobro adicional, calculado sobre el consumo excedente que esté sujeto a la medida.
El cobro es transitorio y no modifica la tarifa general de energía. Los recursos recaudados tampoco pasan a formar parte del patrimonio de las empresas comercializadoras, sino que conforman una bolsa destinada a los usuarios que cumplan las condiciones para recibir beneficios.
¿Qué reciben quienes ahorren energía?
Los usuarios que consuman menos del 90 % de su meta pueden generar un ahorro reconocido.
Sin embargo, el beneficio económico no se entrega inmediatamente. Se calcula y distribuye con los recursos efectivamente recaudados mediante los cobros adicionales dentro del respectivo periodo de liquidación.
Por eso, ahorrar más puede aumentar la posibilidad de recibir un beneficio, pero no existe una suma fija garantizada.
¿Quiénes están excluidos?
La medida no incluye, entre otros:
- Hospitales y establecimientos de salud.
- Colegios y centros educativos.
- Organismos de emergencia y seguridad.
- Establecimientos penitenciarios.
- Usuarios con medidor prepago.
- Usuarios con el servicio suspendido.
- Usuarios cuya medición no se realice mediante lectura del medidor.
- Inmuebles identificados como usuarios oficiales de entidades públicas.
Además, los usuarios regulados ubicados en los municipios identificados oficialmente como afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026 quedaron excluidos del programa.
Lo que debe tener en cuenta
El programa se aplica automáticamente a los usuarios regulados que sean elegibles; no es necesario inscribirse.
La recomendación para los hogares es revisar el consumo mensual, identificar la meta asignada por el comercializador y adoptar medidas para evitar superar el 110 % de esa referencia.